A partir de la Reforma Constitucional de 1994 se reitera el otorgamiento de poder a las provincias, pero como dato novedoso, se obliga a todas las Provincias a reconocer la "autonomía de sus municipios" y a reglar su alcance en el orden:
Con referencia a la regionalización de nuestro territorio hoy el Municipio de Trelew tiene el atributo de:
Con referencia al gobierno municipal, el mismo está constituido por un Departamento Legislativo, un Departamento Ejecutivo y por el Tribunal Administrativo Municipal de Faltas.
El Departamento Legislativo se denomina Concejo Deliberante, sus miembros son electos directamente, el mismo está compuesto por quince miembros. Los concejales duran 4 años en sus funciones y pueden ser reelegidos.
Los deberes y atribuciones del Concejo son:
El Ejecutivo está a cargo del Intendente, electo en forma directa y a simple mayoría de sufragios, su cargo es por 4 años y al igual que los concejales puede ser reeelecto.
Entre sus deberes y atribuciones se encuentran:
Los Secretarios son designados por el Intendente quien puede removerlos, ya que no están comprendidos en las disposiciones de estabilidad escalafón. El Juez de Faltas es designado por el Departamento Ejecutivo con acuerdo del Concejo Deliberante. Su competencia será:
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