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Acerca del Sitio

Servicio de Protección de Derechos del Niño, Niña y el Adolescente

A partir de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, sancionada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el día 20 de Noviembre de 1989, comienza a gestarse una nueva visión jurídica de la infancia, que garantiza a la niñez en su conjunto.




Este "Servicio de Protección de Derechos de Niños, Niñas, Adolescentes y la Familia" tiene como marco de referencia:
La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, sancionada por Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre del año 1989.

La Ley Nacional Nº 23.849 (de Adhesión a la Convención), sancionada en el año 1990, y que en 1994 adquirió rango Constitucional al incorporársela en el Art.75inc. 22 de la Constitución Nacional.

La Ley Nacional Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes sancionada es 28 de setiembre 2005.

La Constitución Provincial, en especial lo dispuesto por los Art. 25, 66, 70, 80, 224, 225, 233,234 y 237.

La Ley Provincial Nº 4347 de "Protección Integral de la Niñez, la Adolescencia y la Familia".

La Ordenanza Municipal Nº 007095/98, sancionada por el Honorable Consejo Deliberante de la ciudad de Trelew, el 15 de diciembre de 1998.


A partir de allí se establece la creación del Servicio de Protección de Derechos del Niño y el Adolescente, que tiene como función la promoción, difusión y capacitación a las instituciones y a la comunidad en el cumplimiento de los derechos y garantías de la niñez, adolescencia y la familia. Además de impulsar la creación y fortalecimiento de espacios donde los niños y adolescentes puedan expresar sus necesidades e intereses. Promover una forma de abordar la niñez y la adolescencia con el propósito de reformular las prácticas institucionales existentes.

En el Servicio se trabaja además para la detección de toda situación de riesgo y desigualdad en el cumplimiento de los derechos del niño en la que incurran las políticas e instituciones responsables de su servicio, además de exigir el cumplimiento efectivo de las medidas legislativas, administrativas y sociales planteadas por la Ley Nº 4347, y la aplicación y seguimiento de las medidas de protección (Art. 56 y ss. De la Ley Nº 4347); como así también la aplicación y seguimiento de las medidas socioeducativas reguladas por la Ley, cuya ejecución no consista en privación de la libertad.

Los Objetivos que se persiguen con el trabajo cotidiano a través del equipo de profesionales interdisciplinarios y en el marco de políticas públicas municipales implementadas son la promoción y difusión de los derechos y garantías de la Niñez, la Adolescencia y la Familia; la intervención y Atención en situaciones de amenaza o vulneración de derechos, ante la presentación espontánea al Servicio de Protección de Derechos o su derivación desde la justicia, la que caducará una vez restituido el derecho amenazado o vulnerado. Como así también toda intervención y líneas de acción de los profesionales integrantes del servicio se deben enmarcar en el espíritu de la Ley 4347 de Protección Integral, en su cumplimiento y aplicación. Asimismo se busca la resolución de conflictos sociales fuera del ámbito judicial cuando ello es posible promoviendo el acceso a la justicia en las situaciones legales que lo requieran.

Es objetivo además de la construcción de alternativas a fin de evitar la institucionalización con la participación del niño, niña, adolescente, su familia y la familia ampliada, promover la creación y fortalecimiento de espacios donde los niños y adolescentes puedan expresar sus necesidades e intereses. La elaboración interdisciplinaria de estrategias específicas en la resolución de problemáticas individuales y la construcción de redes institucionales en el abordaje de determinadas problemáticas.




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