Servicio de Protección de Derechos del Niño, Niña y el Adolescente
A partir de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, sancionada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el día 20 de Noviembre de 1989, comienza a gestarse una nueva visión jurídica de la infancia, que garantiza a la niñez en su conjunto.
Este "Servicio de Protección de Derechos de Niños, Niñas, Adolescentes y la Familia" tiene como marco de referencia:
A partir de allí se establece la creación del Servicio de Protección de Derechos del Niño y el Adolescente, que tiene como función la promoción, difusión y capacitación a las instituciones y a la comunidad en el cumplimiento de los derechos y garantías de la niñez, adolescencia y la familia. Además de impulsar la creación y fortalecimiento de espacios donde los niños y adolescentes puedan expresar sus necesidades e intereses. Promover una forma de abordar la niñez y la adolescencia con el propósito de reformular las prácticas institucionales existentes.
En el Servicio se trabaja además para la detección de toda situación de riesgo y desigualdad en el cumplimiento de los derechos del niño en la que incurran las políticas e instituciones responsables de su servicio, además de exigir el cumplimiento efectivo de las medidas legislativas, administrativas y sociales planteadas por la Ley Nº 4347, y la aplicación y seguimiento de las medidas de protección (Art. 56 y ss. De la Ley Nº 4347); como así también la aplicación y seguimiento de las medidas socioeducativas reguladas por la Ley, cuya ejecución no consista en privación de la libertad.
Los Objetivos que se persiguen con el trabajo cotidiano a través del equipo de profesionales interdisciplinarios y en el marco de políticas públicas municipales implementadas son la promoción y difusión de los derechos y garantías de la Niñez, la Adolescencia y la Familia; la intervención y Atención en situaciones de amenaza o vulneración de derechos, ante la presentación espontánea al Servicio de Protección de Derechos o su derivación desde la justicia, la que caducará una vez restituido el derecho amenazado o vulnerado. Como así también toda intervención y líneas de acción de los profesionales integrantes del servicio se deben enmarcar en el espíritu de la Ley 4347 de Protección Integral, en su cumplimiento y aplicación. Asimismo se busca la resolución de conflictos sociales fuera del ámbito judicial cuando ello es posible promoviendo el acceso a la justicia en las situaciones legales que lo requieran.
Es objetivo además de la construcción de alternativas a fin de evitar la institucionalización con la participación del niño, niña, adolescente, su familia y la familia ampliada, promover la creación y fortalecimiento de espacios donde los niños y adolescentes puedan expresar sus necesidades e intereses. La elaboración interdisciplinaria de estrategias específicas en la resolución de problemáticas individuales y la construcción de redes institucionales en el abordaje de determinadas problemáticas.