Desde 2018, La Dirección de Diversidad y Género lleva adelante capacitaciones para docentes de Nivel Inicial, Primaria y Secundaria abaladas por el Ministerio de Educación de la provincia.
Entendemos que una identidad por deseo es vulneralizada en sus derechos cuando hay un mandato biológico y cultural que se impone, por eso pensamos que es urgente trabajar en la interpelación de saberes instituidos, y aportar a la construcción y deconstrucción del lenguaje, a la promoción del trato digno en estudiantes desde la perspectiva de diversidad sexual y de género, y fomentar buenas prácticas en docentes de estos niveles educativos, sosteniendo el deseo de la identidad de género, tal cual lo estable la Ley 26.743.
- La LEY DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES N° 26.061, establece:
- El respeto por Su condición de sujeto de derecho
- EL DERECHO de ellxs a vivir con dignidad
- Derecho a ser oídos y que su opinión sea tenida en cuenta
- El respeto al pleno desarrollo personal de sus derechos en su medio familiar, social y cultural.
- La escuela debe aportar a la transformación de las bases culturales
- La LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL N° 26.206, establece:
- Asegurar condiciones de igualdad, respetando las diferencias entre las personas sin admitir discriminación de género ni de ningún otro tipo
- Garantizar, en el ámbito educativo, el respeto a los derechos de los/as niños/as y adolescentes establecidos en la Ley N° 26.061
- Brindar conocimientos y promover valores que fortalezcan la formación integral de una sexualidad responsable.
- Promover en todos los niveles educativos y modalidades la comprensión del concepto de eliminación de todas las formas de discriminación.
- La escuela debe modificar aquellas concepciones y prácticas que se reproducen a través de las matrices simbólicas
www.me.gov.ar/doc_pdf/ley_de_educ_nac.pdf
- El PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACION SEXUAL INTEGRAL, Ley 26.150, tiene como objetivo:
- Incorporar la educación sexual integral dentro de las propuestas educativas orientadas a la formación armónica, equilibrada y permanente de las personas;
- Asegurar la transmisión de conocimientos pertinentes, precisos, confiables y actualizados sobre los distintos aspectos involucrados en la educación sexual integral;
- Promover actitudes responsables ante la sexualidad;
- Prevenir los problemas relacionados con la salud en general y la salud sexual y reproductiva en particular;
- Procurar igualdad de trato y oportunidades para varones y mujeres.
- La escuela debe promover las condiciones de igualdad de derechos entre los géneros y una convivencia saludables entre los mismos.
www.me.gov.ar/me_prog/esi/doc/ley26150.pdf
- La LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO N° 26743, establece:
- Reconocimiento y respeto a la identidad de género adoptada por las personas
- Trato digno, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad.
- Libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género
- Toda norma, reglamentación o procedimiento deberá respetar el derecho humano a la identidad de género de las personas.
- La GUÍA FEDERAL DE ORIENTACIONES PARA LA INTERVENCIÓN EDUCATIVA EN SITUACIONES COMPLEJAS RELACIONADAS CON LA VIDA ESCOLAR, establece:
- Promover la interacción entre compañeros y compañeras, basada en el respeto y la empatía.
- Construir espacios de reflexión en torno al respeto a la diversidad y la no discriminación y a las categorías con que se nombran.
- No naturalizar chistes, bromas, sobrenombres que estigmaticen, ofendan, degraden, agredan a las personas por su orientación sexual o identidad de género, interviniendo en la situación para evitar que persista.
- Incluir en las normas de convivencia institucionales el respeto a la diversidad y la identidad de género.
- Trabajar con las familias para ayudarlas a acompañar a sus hijas e hijos y colaborar en el fortalecimiento de su autoestima, siempre respetando sus decisiones.