*Lea atentamente los requisitos para inscribirse como Proveedor según su tipo de sociedad, para presentar la documentación pertinente y evitar demoras.
Reempadronamiento de proveedores municipales
DOCUMENTACIÓN NECESARIA [3]
- Constancia de inscripción en A.F.I.P. vigente.
- Constancia de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos[4]
- Constancia de la habilitación Municipal[1]
- Constancia de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias emitida por la Coordinación de Rentas.
- Constancia de Libre de deuda de Infracciones de Tránsito emitida por el Tribunal de Faltas.
- Constancia de Libre de deuda emitida por Obras Particulares.[1]
- Formulario de Autorización de Acreditación de Pagos en Cuenta Bancaria, certificado por el Banco del Chubut S.A.
- Constancia certificada del Banco del Chubut S.A. donde conste la situación de morosidad por deudas contraídas con la entidad.
- Constancia certificada de Libre de deuda del Fondo Financiero para el Desarrollo Productivo emitido por el Ministerio de Economía y Crédito Público de la Provincia del Chubut
- Copia del contrato constitutivo o estatuto social y de las modificaciones posteriores efectuadas a los mismos, con constancia de sus inscripciones en los registros pertinentes a su condición.
- Copia del acta de directorio u órgano de administración que corresponda, donde se disponga designación de directores, presidentes, representantes, consejeros y socios gerentes u otros funcionarios con facultad expresa para obligar a la sociedad, con las constancias de sus inscripciones en los registros pertinentes.
- Copia del D.N.I. del representante legal de acuerdo a lo enunciado en el punto anterior.
- En caso de acreditar Apoderado, debe presentarse poder suficiente y vigente, con copia del D.N.I.
La documentación enumerada debe ser presentada en original y en copia firmada por el titular, representante o apoderado, de acuerdo al caso, a fin que las autoridades municipales constaten las mismas. Podrá asimismo presentarse copias legalizadas y autenticadas por escribano público.
1- Sólo Obligatoria para los casos de Rubros correspondientes a Venta de Bienes.
3- A presentarse dentro de los plazos establecidos en la presente resolución, salvo los puntos 1,2,7,8,9,10, que deben cumplirse de manera inmediata.
4 – Contribuyente Directo, de Acuerdo Interjurisdiccional o Convenio Multilateral. En caso de encontrarse EXENTO deberá adjuntar copia del Acto Administrativo que reconoce tal circunstancia.